En un plazo máximo de 60 días y mínimo de 30, las contratistas del bloque 18 y Palo Azul –EcuadorTLC, Petrobras, Cayman y Petromanabí–, acusadas de infringir la ley y que enfrentan un proceso de caducidad de los contratos de exploración y explotación petrolera, deberán defenderse y presentar las pruebas de descargo, según el artículo 76 de la Ley de Hidrocarburos.
El plazo, sin embargo, empieza a correr desde el día en que el Ministerio de Minas y Petróleos les notifica del incumplimiento a las involucradas, en caso de no hacerlo, el proceso no inicia.
Hasta ayer ese paso no se cumplió porque el pedido de terminación del contrato recién ingresó a la secretaría de Estado el pasado martes, antes de las 10h30.
La norma vigente no establece tiempo para que el Ministerio del ramo analice la documentación acusatoria y notifique a la contratista, y a falta de esa precisión se tomará el tiempo que sea necesario antes de remitir el incumplimiento incurrido.
El pasado martes, el procurador del Estado, Xavier Garaicoa, solicitó al Ministerio del ramo iniciar el proceso de caducidad del contrato de participación del bloques 18 y del campo unificado Palo Azul (compartido con Petroecuador).
El abogado del Estado acusa a las contratistas involucradas de transferir el 40% de los derechos y acciones a la petrolera japonesa Teikoku Oil, sin autorización previa y de tener operando una de las áreas a un consorcio que no está registrado en la Dirección Nacional de Hidrocarburos (DNH).
Iván Rodríguez, ex ministro de Energía, quien firmó la autorización de la transferencia, dijo en su defensa que él suscribió el documento luego de consultar al procurador de ese entonces, José María Borja.
Aseguró que cuando él ingresó al Ministerio ya existía un pronunciamiento inicial de Borja, que era vinculante (de cumplimiento obligatorio), y que a pesar de ello, él decidió volver a consultarle para no tener dudas y en su ratificación la respuesta fue la misma: extender la autorización.
Rodríguez afirmó que para ese permiso contó con dos pronunciamientos vinculantes del procurador Borja, quien además mencionaba que el acuerdo privado, que ahora está en duda por el actual procurador Garaicoa, no entraba en vigencia hasta que exista la autorización del ministerio, aval que Rodríguez le dio.
Petrobras, a través de un comunicado, insiste en que todo lo actuado por la compañía se enmarcó dentro de la ley.
Cronología de traspaso de acciones
Adjudicación El bloque 18 se adjudica a la empresa Amoco en la séptima ronda (1994), pero el contrato de participación se firma en diciembre de 1995.
Derechos Amoco cede el 40% de sus derechos en el campo a la francesa ELF. En 1997, ambas petroleras ceden todos sus derechos a Cayman y Petromanabí, en ese orden.
Subsidiaria Cayman constituye la subsidiaria EcuadorTLC y en el 2001 Pecom Energía S.A. adquiere el 100% de las acciones de EcuadorTLC.
Control En octubre del 2002, Petrobras adquiere el control accionario del grupo Pecom Energía S.A. (casa matriz de EcuadorTLC) y controla las operaciones de esta empresa en Argentina, Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela. En enero del 2005, las petroleras Petrobras y EcuadorTLC informan al Ministro de Energía la firma del convenio con Teikoku.